domingo, 30 de junio de 2013

SENTENCIAS SOBRE EL MÉTODO DEL CÁLCULO DE LAS PENSIONES A TIEMPO PARCIAL

   El Tribunal de Justicia Europeo ya había calificado de discriminatorio (noviembre 2012) el trato a las pensiones a tiempo parcial con respecto a las de tiempo completo. Se basa en la discriminación indirecta que se produce por género, ya que las mujeres son las que más utilizan este contrato para poder compatibilizar la vida familiar y laboral. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre el método de cálculo de las pensiones a tiempo parcial. Estableciendo su nulidad e inconstitucionalidad (vulnera el artículo 14 de la Constitución Española).

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